No se renovarán las regulaciones que discriminan la expansión del crédito al sector agropecuario
La autoridad monetaria informó que la circular que impone un mínimo en la tasa de financiamiento bancario a la que pueden acceder productores cuando mantienen un stock de soja superior a 5% de su producción no será renovada, tras su vencimiento este 30 de junio. Dicha circular “es un gravamen que va a contramano con la desregulación y la liberación económica pregonada por la actual administración nacional”, había dicho la Mesa de Enlace. Código Campo
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó que dispuso no renovar la circular que impone un mínimo en la tasa de financiamiento bancario a la que pueden acceder productores cuando mantienen un stock de soja superior a 5% de su producción. La norma, promulgada en septiembre de 2022, vence el 30 de este mes y fija un piso equivalente al 120% de la tasa de política monetaria.
Esta decisión, informó la entidad, constituye “un paso más en el camino trazado” por el BCRA con miras “a normalizar el funcionamiento del sistema financiero y fomentar el crédito doméstico al sector privado productivo”.
Esta adecuación normativa, remarcó, “complementa otras medidas como la Comunicación A8043 del pasado 13 de junio, que flexibilizó las normas de crédito para el conjunto de entidades que califican como Grandes Empresas Exportadoras (GEE)”. En esa ocasión, se eliminaron restricciones al financiamiento en moneda extranjera, junto a otras actuaciones flexibilizadoras.
A medida que el BCRA avanza en la recuperación de la estabilidad macroeconómica, sus autoridades “seguirán evaluando opciones para flexibilizar regulaciones distorsivas y discriminatorias, con el fin de facilitar el redireccionamiento del crédito bancario desde el sector público al sector privado productivo”.
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