Declararon parcialmente inconstitucional la prohibición del uso de glifosato en Gualeguaychú
Así lo resolvió la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay. El artículo 1º de la Ordenanza Nº 12.216/18 del Concejo Deliberante gualeguaychuense es el que los doctores Mariano Alberto López, Federico José Lacava y María Fernanda Erramuspe consideraron inconstitucional. Código Campo
La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay dio lugar a una presentación de entidades ruralistas y productores agropecuarios y declaró parcialmente inconstitucional la Ordenanza 12.216/18, sancionada por el Concejo Deliberante de Gualeguaychú y promulgada por el Ejecutivo municipal en abril de 2018.
Los camaristas Mariano Alberto López, Federico José Lacava y María Fernanda Erramuspe, finalmente, “hacer lugar parcialmente a la demanda y, en consecuencia declarar la inconstitucionalidad del artículo 1º de la Ordenanza Nº 12.216/18 HCD, en cuanto prohíbe al interior de su ejido el uso y aplicación del producto llamado en forma general Glifosato –y aquellas formulaciones que lo contengan–”, agregando el apartado que prohíbe “en su ejido el expendio, almacenamiento, transporte, comercialización y venta” del polémico herbicida.
Ampliaremos
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