La caravana de la discordia
El nuevo sistema nacional de identificación electrónica de animales ya está vigente. La medida busca transformar la trazabilidad del ganado, pero su obligatoriedad es cuestionada por no pocos productores al punto que desde Farer reiteraron su descontento. “Una vez más se avanza con medidas de escritorio que no contemplan la realidad productiva ni las asimetrías existentes en el interior del país”, observaron. Danilo Lima
Desde el 1 de enero de este 2026, en la Argentina rige oficialmente el nuevo sistema nacional de identificación electrónica de animales, que busca transformar la trazabilidad del ganado bovino, bubalino y cérvido. La medida, oficializada por el Servicio Nacional de la Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) obliga, desde aquella fecha, a colocar a todos los terneros y terneras un dispositivo electrónico que los acompañará durante toda su vida productiva.
El sistema, concretamente, prevé una identificación individual y permanente mediante un binomio compuesto por una caravana visual y un chip electrónico. Este último podrá adoptar tres formatos: botón con tecnología RFID, bolo ruminal o transpondedor inyectable.
El objetivo es reforzar la trazabilidad sanitaria y comercial del rodeo argentino, garantizando información precisa sobre cada animal desde su nacimiento hasta la faena.
La medida, sin embargo, no ha estado exenta de polémica dado que muchos productores y asociaciones que los representan se oponen no al sistema en sí sino a la obligatoriedad del sistema.
Desde la Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos (Farer), por ejemplo, insistieron en expresar su descontento por la obligatoriedad del nuevo mecanismo.
La entidad, en su sitio web, recordó a los productores que el Senasa, mediante la Resolución N.º 530/2025, “dispuso la implementación de la caravana electrónica obligatoria como parte del sistema de identificación y trazabilidad animal” al tiempo que remarcó “el cumplimiento obligatorio” de la normativa, aunque aclaró que “no comparte la medida y ya se ha manifestado formalmente al respecto ante las autoridades nacionales”.
“Se trata de una decisión adoptada sin el debido consenso con los productores, que vuelve a cargar sobre el eslabón primario nuevos costos, mayores exigencias administrativas y una complejidad operativa difícil de absorber, especialmente para los pequeños y medianos establecimientos”, enfatizó la entidad que preside Sergio Dalcol.
“Una vez más se avanza con medidas de escritorio que no contemplan la realidad productiva ni las asimetrías existentes en el interior del país”, cuestionó Farer.
La entidad ruralista, en la misma línea, agregó que “si bien compartimos la necesidad de fortalecer los sistemas de trazabilidad y sanidad animal, entendemos que la obligatoriedad de la caravana electrónica, tal como está planteada, no garantiza mejoras concretas que justifiquen su imposición inmediata. Por el contrario, corre el riesgo de transformarse en un nuevo obstáculo para la producción ganadera, en un contexto ya atravesado por alta presión impositiva y falta de incentivos”.
Farer, en este sentido, consideró que “cualquier avance tecnológico debe ser gradual, voluntario y acompañado por el Estado, y no una carga más impuesta al productor sin escuchar su voz”.
Diez puntos centrales
Con el objetivo de brindar “claridad y evitar interpretaciones erróneas”, Farer, en su sitio web, detalló los 10 puntos centrales de la Resolución 530/2025 de Senasa.
- Especies alcanzadas: La obligatoriedad comprende a bovinos, bubalinos y cérvidos en cautiverio. En el caso de los equinos, la identificación electrónica será exigible cuando se encuentren registrados en el Renie o ante intervenciones sanitarias oficiales. Para ovinos, caprinos, camélidos sudamericanos y porcinos, la adopción del sistema continúa siendo voluntaria.
- Dispositivos habilitados: La identificación se realizará mediante caravana visual más un dispositivo electrónico, que podrá ser botón electrónico en oreja, bolo ruminal o microchip inyectable. Todos los dispositivos deberán cumplir con las normas internacionales del ICAR.
- Tiempos de aplicación: La medida rige a partir del 1 de enero de 2026 para bovinos, bubalinos y cérvidos. Los animales deberán ser identificados al destete o antes de su primer movimiento, lo que ocurra primero.
- Responsabilidad de identificación: El productor titular del establecimiento será el responsable de colocar tanto la caravana visual como el dispositivo electrónico dentro de los plazos establecidos por la normativa.
- Lectura y notificación de datos: La lectura del dispositivo electrónico deberá realizarse en los establecimientos y ser notificada a Senasa, ya sea de manera directa por el productor o a través de terceros habilitados.
- Alcance temporal de la medida: La disposición no es retroactiva. Sólo se aplica a animales no identificados antes del 31 de diciembre de 2025. En caso de pérdida de alguno de los dispositivos, se establece un plazo de 30 días para su reemplazo.
- Distribución de dispositivos: Las caravanas y dispositivos electrónicos se comercializarán a través de los canales habituales, como veterinarias, agronomías y distribuidores de insumos ganaderos, como así también a través de algunos entes y fundaciones de sanidad animal.
- Identificación individual: Cada animal contará con un código RFID único de 15 dígitos, asignado por SENASA, que identifica país y especie. La resolución elimina la correlatividad interna y el uso del CUIG como identificador individual.
- Colores de las caravanas: Las caravanas visuales serán blancas en las zonas con vacunación contra la fiebre aftosa (al norte del río Colorado) y verdes en las zonas libres de vacunación (al sur del río Colorado).
- Registro digital y trazabilidad: Se proyecta la implementación de un sistema informático de registro digital, que permitirá el acceso seguro a los datos de identificación y trazabilidad animal.
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